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Convocado proceso de admisión de Ciclos Formativos Modalidad E-learning

Jueves, 17 Junio, 2021

Resolución de 09/06/2021, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se convoca el procedimiento de admisión de alumnado para el curso 2021/2022 en ciclos formativos de Formación Profesional de grado medio y de grado superior en la modalidad a distancia, en centros docentes de Castilla-La Mancha de titularidad pública.

1. La formalización de solicitudes de admisión a ciclos formativos en la modalidad a distancia se podrá realizar en dos periodos, el primero comenzará el día 1 de julio de 2021 y finalizará el día 15 julio de 2021 y el segundo comenzará el día 1 de septiembre de 2021 y finalizará el 3 de septiembre de 2021
2. Tendrán que participar en el proceso de admisión todas las personas que deseen cursar estos estudios, incluidas las que hayan estado matriculadas en el curso actual 2020/2021.
3. El número máximo de horas lectivas que podrá cursar el alumnado anualmente será de 960 horas, excepto para el ciclo formativo de Instalaciones Eléctricas y Automáticas que será de 966 horas. En la solicitud podrá realizarse una petición de un número superior de las horas mencionadas anteriormente, adjudicándose como máximo el número de horas lectivas establecidas.
4. Las solicitudes se presentarán, de forma telemática, a través de la secretaría virtual de la plataforma educativa EducamosCLM (https://educamosclm.castillalamancha.es/), accesible asimismo a través de la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla – La Mancha (https://www.jccm.es//). En cada solicitud el solicitante podrá indicar, por orden de prioridad, un máximo de seis ciclos formativos entre los incluidos en la oferta de ciclos formativos de grado medio o grado superior en Castilla-La Mancha en esta modalidad de enseñanza.
Para acceder a la Plataforma EducamosCLM, las personas solicitantes necesitarán disponer de una credencial de  acceso (usuario y contraseña), de un sistema de firma basado en certificados electrónicos cualificados y avanzados  o del sistema Cl@ve (Identidad Electrónica para las Administraciones). En caso de no disponer de dicha credencial  de acceso, las personas interesadas podrán solicitarla de forma electrónica, siempre y cuando dispongan de un medio de firma electrónica, o de forma presencial, previa identificación, en cualquiera de los centros del ámbito de gestión de esta comunidad autónoma sostenidos con fondos públicos que impartan las enseñanzas de Formación Profesional o Bachillerato o Educación Secundaria Obligatoria, así como en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Esta credencial de acceso será válida no solo para el proceso de admisión, sino para el acceso en lo sucesivo a todos los contenidos de la secretaría virtual de la plataforma educativa EducamosCLM. Si ya se dispusiera de credencial de acceso a la plataforma, no es necesario solicitar otra específica para tramitar la solicitud de admisión, ya que dicha credencial es genérica para el acceso a la secretaría virtual. 

El acceso a la plataforma EducamosCLM por cualquiera de los medios indicados en el párrafo anterior posibilitará la firma electrónica y presentación en el registro electrónico de las solicitudes, conforme a lo previsto en los artículos 9, 10 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin que deban presentarse de forma presencial en un registro las solicitudes tramitadas electrónicamente.
5. Una vez completado el procedimiento de presentación de solicitud con la firma y registro de la misma, las personas interesadas recibirán un correo electrónico, en la cuenta que hubieran indicado al registrar sus credenciales de acceso a la plataforma EducamosCLM, confirmando la correcta tramitación de la misma.
6. Las personas interesadas podrán recibir la asistencia técnica necesaria para realizar su solicitud, tanto por  medios electrónicos, como a través de los teléfonos habilitados a tal efecto que aparecerán publicados en el Portal de Educación en la dirección: https://www.educa.jccm.es/es/admision/admision-formacion-profesional/adm... y, así como de forma presencial en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes o en cualquiera de los centros del ámbito de gestión de esta comunidad autónoma sostenidos con fondos públicos que impartan las enseñanzas de Formación Profesional. Esta información adicional tendrá un valor orientativo y no será vinculante para la administración ni generará derechos para sus destinatarios, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Decreto 69/2012, de 29 de marzo, por el que se regulan las actuaciones sobre calidad de los servicios públicos en la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Acreditación de requisitos y documentación.
1. En el caso de que la Consejería de Educación, Cultura y Deportes disponga de datos informatizados sobre los estudios o pruebas superados que permitan el acceso a ciclos formativos, éstos se mostrarán en el propio formulario de la solicitud telemática, sin que sea necesario aportar documentación para acreditarlos. En caso contrario, las personas solicitantes tendrán que digitalizar la certificación académica que acredite el requisito de acceso y adjuntarla a la solicitud como archivo anexo a la misma. Las certificaciones académicas deben indicar de forma explícita la
nota media del expediente académico y el centro donde cursó la enseñanza o prueba de acceso y el resto de datos: modalidad, materia, opción o familia profesional en su caso, que pudiera dar prioridad en la admisión.
2. En el caso de que la documentación acreditativa del requisito de acceso no indique de forma explícita la nota  media del expediente académico o la nota final de las pruebas de acceso, se valorará, a efectos de baremación para  la priorización en la admisión de personas solicitantes, con una calificación numérica de 5 puntos. Igualmente, no se tendrán en cuenta, para la priorización de solicitudes en la admisión, las modalidades, materias, opciones o familia profesional cursadas y el centro de realización de estudios o pruebas si no constan en la documentación anexada.

Baremación y adjudicación provisional.
a) El día 14 de septiembre de 2021, las personas titulares de la dirección de los centros públicos publicarán en sus tablones de anuncios el baremo y asignación provisional del alumnado a los puestos escolares vacantes de los módulos profesionales de los ciclos formativos en la a distancia de sus propios centros.
Estos listados serán también publicados en el Portal de Educación, para su consulta individualizada por las personas participantes en el proceso de admisión a través de la plataforma educativa EducamosCLM. El baremo y asignación provisional podrá ser objeto de reclamación desde el mismo día de su publicación hasta el día 16 de septiembre de 2021.
b) Las reclamaciones se presentarán de forma telemática a través de la secretaría virtual de la plataforma educativa  EducamosCLM. Si se debe aportar documentación que sustente la reclamación, las personas solicitantes tendrán que digitalizar los documentos correspondientes y adjuntarlos a la reclamación como archivos anexos a la misma.
c) La documentación que debiendo haberse adjuntado a la solicitud en el plazo establecido a tal efecto, se anexe en este periodo de reclamación, solo se tendrá en cuenta para subsanar errores cometidos por la Administración, no pudiéndose anexar nueva documentación en este periodo.
d) Las reclamaciones se entenderán resueltas con la adjudicación definitiva efectuada conforme a lo dispuesto en el apartado siguiente. 

Baremación y adjudicación definitiva.
a) El día 22 de septiembre de 2021, las personas titulares de la dirección de los centros públicos, publicarán en sus tablones de anuncios el baremo y asignación definitiva del alumnado a los puestos escolares vacantes de los módulos profesionales de los ciclos formativos en la modalidad a distancia de sus propios centros, que podrá ser objeto de recurso de alzada ante la persona titular de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes
correspondiente.
b) Estos listados serán también publicados en el Portal de Educación, para su consulta individualizada por las personas participantes en el proceso de admisión a través de la plataforma educativa EducamosCLM. 

Matrícula.

1. Las personas solicitantes que hayan obtenido un puesto escolar en la adjudicación definitiva deberán formalizar  su matrícula de forma telemática a través de la secretaría virtual de la plataforma educativa EducamosCLM, en el plazo comprendido entre el 23 de septiembre y el 28 de septiembre de 2021. No obstante, hasta el 15 de octubre de 2021 incluido, se deberá hacer entrega de la documentación requerida por el centro y del justificante de pago del seguro escolar en su caso.
Las personas interesadas podrán recibir la asistencia técnica necesaria para realizar su matrícula en los términos establecidos en el punto 6 del apartado sexto de la presente resolución.
2. Los centros educativos requerirán a aquellas personas solicitantes que hubieran anexado documentación a la solicitud telemática según lo establecido en el apartado séptimo de esta Resolución, que presenten en el centro educativo los documentos originales correspondientes para su verificación, cuando estos documentos sean relevantes para el procedimiento, en el plazo comprendido entre el 23 de septiembre de 2021 y el 15 de octubre de 2021.
3. Las personas solicitantes que hayan obtenido un puesto escolar en la adjudicación definitiva y no formalicen su  matrícula en los plazos establecidos, perderán el derecho a la plaza asignada y serán excluidos del proceso de  admisión.

4. Las personas solicitantes a las que les haya sido adjudicada vacante en un ciclo formativo en el proceso de admisión y hubieran efectuado su matrícula en bachillerato o en un ciclo formativo de distinto grado o enseñanza, podrán formalizar nueva matrícula en el ciclo formativo adjudicado, siempre que previamente realicen el trámite de renuncia a la matrícula, contactando con el centro educativo donde tuviera efectuada su matrícula.
Decimotercero. Listas de espera y adjudicación de vacantes resultantes.

Listas de espera.
a) Quedarán en lista de espera, tras la adjudicación definitiva, aquellas personas solicitantes que, habiendo presentado su solicitud en plazo y resultando ésta estimada, no hayan obtenido ningún puesto vacante o habiéndolo obtenido puedan mejorar su opción adjudicada.
b) Se consideran vacantes resultantes a aquellos puestos escolares que quedan disponibles una vez finalizado el proceso de matriculación, correspondientes a las personas solicitantes que no formalizan la matrícula en su plaza adjudicada.
c) En aquellos módulos profesionales de ciclos formativos en los que exista una demanda superior al número de puestos escolares disponibles, si tras el correspondiente proceso de matriculación después de la resolución definitiva se generasen vacantes resultantes, éstas se adjudicarán de nuevo a las personas solicitantes que estén en las listas de espera, siguiendo los criterios de baremación y priorización de esta resolución y respetando las
reservas establecidas.
2. Desde los centros educativos se gestionarán las listas de espera de forma telefónica y/o por sms en el plazo comprendido entre el 29 de septiembre y el 15 de octubre de 2021, ambos inclusive. Todas las personas solicitantes que hayan obtenido una vacante en el proceso de gestión de listas de espera, deberán formalizar la matrícula de forma telemática a través de la secretaría virtual de la plataforma educativa EducamosCLM o en la secretaría del centro adjudicado, y deberán entregar en el centro adjudicado la documentación establecida en los puntos 1 y 2 del apartado duodécimo de la presente resolución e iniciar la enseñanza a la mayor brevedad posible.
3. Si para un módulo profesional de un centro no quedasen solicitantes en espera para ninguna vía de acceso y existiesen vacantes, éstas se podrán solicitar en el centro educativo donde esté implantada la enseñanza y serán adjudicadas por orden de solicitud.

Anulación de matrícula de alumnado que no sigue con regularidad las actividades programadas.
Según lo establecido en la disposición adicional primera de la Orden de 12/03/2010 de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se autoriza a la dirección de los centros docentes públicos a anular la matrícula del alumnado de ciclos formativos de Formación Profesional en las modalidades presencial y e-learning que no sigue con regularidad las actividades programadas en cada modalidad, así como a admitir a nuevo alumnado, se autoriza a la Dirección del centro a cubrir las vacantes generadas por la aplicación de la Orden, mediante la admisión de nuevo alumnado.
La asignación de las nuevas vacantes se podrá realizar hasta el 31 de diciembre, sin perjuicio de las normas e instrucciones vigentes en materia de admisión. Si no existieran personas solicitantes en la lista de espera, el centro  deberá dar publicidad a las vacantes que se hayan generado. 

MÁS INFORMACIÓN:

Sobre Formación Profesional en el portal de Educación de CLM :  https://www.educa.jccm.es/es/fpclm

Más información sobre esta convocatoria 2021/22 de Admisión a ciclos formativos.

Régimen a Distancia: https://www.educa.jccm.es/es/admision/admision-formacion-profesional/admision-ciclos-formativos-fp-distancia

Delegación de Cuenca: Teléfonos: 969176392-969179745 e-Mail: fpcuenca@jccm.es

Consejería: Teléfono: 925247400  e-Mail: serviciofp.edu@jccm.es

En el propio centro, IES Lorenzo Hervás y Panduro: 969 226511

Puedes descargar la resolución completa un poco más abajo, en documentos relacionados.

 

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