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Convocatoria Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior modalidad Presencial

Jueves, 26 Abril, 2018

Publicada en DOCM la resolución de 12/04/2018, de la Dirección General de Programas, Atención a la Diversidad y Formación Profesional, por la que se convoca el procedimiento de admisión de alumnado para el curso 2018/2019 en ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio y Grado Superior en la modalidad presencial en centros docentes de Castilla-La Mancha sostenidos con fondos públicos. 

Se establecen dos periodos de solicitud:
1. Periodo de solicitud ordinario.
a) La formalización de solicitudes de admisión a ciclos formativos de grado medio y grado superior se podrá realizar en el periodo que comenzará el día 22 de mayo de 2018 y finalizará el día 26 de junio de 2018.

b) Deberán presentar solicitud todas las personas que deseen obtener un puesto escolar en un centro docente público o privado concertado en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha para cursar las enseñanzas de ciclos formativos de Formación Profesional de grado medio o de grado superior en la modalidad presencial, según lo establecido en el artículo 9 de la Orden 80/2017, de 25 de abril, y que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
     b.1) Aquellas que en el momento de hacer la solicitud cumplan con el requisito de acceso al ciclo formativo.
     b.2) Aquellas que en el momento de hacer la solicitud no cumplan con el requisito de acceso y estén en proceso de conseguirlo en las convocatorias de junio o de septiembre de 2018.

c) Las solicitudes se formalizarán, de forma telemática, a través de la secretaría virtual de la plataforma educativa Papás 2.0 (https://papas.jccm.es/papas/), accesible asimismo a través de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es/). En cada solicitud, el solicitante podrá indicar por orden de prioridad, un máximo de seis ciclos formativos, entre los incluidos en la oferta de ciclos formativos de grado medio o grado superior en Castilla-La Mancha.

d) Para acceder a esta plataforma las personas solicitantes necesitarán disponer de una credencial (usuario y contraseña) o del sistema cl@ve del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. En caso de no disponer de credencial de acceso (usuario y contraseña), se podrá solicitar de forma presencial, previa identificación, en cualquiera de los centros del ámbito de gestión de esta comunidad autónoma sostenidos con fondos públicos que impartan las enseñanzas de Formación Profesional o Bachillerato o Educación Secundaria Obligatoria, así como en las Direcciones Provinciales de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, que será válida no solo para el proceso de admisión, sino para el acceso en lo sucesivo a todos los contenidos de la secretaría virtual de la plataforma educativa Papás 2.0. Si ya se dispusiera de credencial de acceso a la plataforma, no es necesario  solicitar otra específica para tramitar la solicitud de admisión, ya que dicha credencial es genérica para el acceso a la secretaría virtual.

e) Las personas solicitantes podrán recibir la asistencia técnica necesaria para realizar su solicitud, en las Direcciones Provinciales de Educación, Cultura y Deportes y en los centros del ámbito de gestión de esta comunidad autónoma sostenidos con fondos públicos que tengan implantadas enseñanzas de Formación Profesional o Bachillerato o Educación Secundaria Obligatoria.

2. Periodo de solicitud extraordinario.
Se establece un periodo de solicitud extraordinario con el objeto de que se puedan formular solicitudes de admisión a ciclos formativos de grado medio y grado superior donde queden vacantes disponibles sin lista de espera. La formalización de estas solicitudes de admisión a ciclos formativos se podrá realizar en el periodo que comenzará el día 12 de septiembre de 2018 y finalizará el día 17 de septiembre de 2018, siguiendo lo establecido en los puntos c), d) y e) del apartado 1 anterior.

Selección de la vía de acceso.
Las personas solicitantes deberán seleccionar en su solicitud la vía de acceso por la que desea participar dependiendo delos títulos, estudios o pruebas que pudiera tener superados o en proceso de superar y será única para todas las peticiones de ciclos formativos realizadas en su solicitud.

Octavo. Acreditación de requisitos y documentación.
1. En el caso de que la Consejería de Educación, Cultura y Deportes disponga de datos informatizados sobre los estudios o pruebas superados que permitan el acceso a ciclos formativos, éstos se mostrarán en el propio formulario de la solicitud telemática, sin que sea necesario aportar documentación para acreditarlos. En caso contrario, las personas solicitantes tendrán que digitalizar la certificación académica que acredite el requisito de acceso y adjuntarse a la solicitud como archivos anexos a la misma. Las certificaciones académicas deben indicar de forma explícita la nota media del expediente académico y el centro donde cursó la enseñanza o prueba de acceso y el resto de datos: modalidad, materia, opción o familia profesional en su caso, que pudiera dar prioridad en la admisión.

2. En el caso de que la documentación acreditativa del requisito de acceso no indique de forma explícita la nota media del expediente académico o la nota final de las pruebas de acceso, se valorará, a efectos de baremación para la priorización en la admisión de alumnos, con una calificación numérica de 5 puntos. Igualmente no se tendrán en cuenta, para la priorización de solicitudes en la admisión, las modalidades, materias, opciones o familia profesional cursadas, y el centro de realización de estudios o pruebas si no constan en la documentación anexada.

a) El día 18 de julio de 2018, las personas titulares de la dirección de los centros públicos y los titulares de los centros privados concertados publicarán en sus tablones de anuncios la vía de acceso y la baremación provisional realizada a las solicitudes del centro.
Estos listados serán también publicados en el Portal de Educación para su consulta individualizada por las personas participantes en el proceso de admisión y en la plataforma educativa papas 2.0. La baremación provisional podrá ser  objeto de reclamación, ante las personas titulares de la dirección de los centros públicos o los titulares de los centros  privados concertados, desde el mismo día de su publicación hasta el día 24 de julio de 2018.
Las reclamaciones se presentarán de forma telemática a través de la secretaría virtual de la plataforma educativa Papás 2.0. Si se debe aportar documentación que sustente la reclamación, las personas solicitantes tendrán que digitalizar los documentos correspondientes y adjuntarlos a la reclamación como archivos anexos a la misma. La documentación que debiendo haberse presentado en el plazo establecido a tal efecto, se anexe en este periodo de reclamación, solo se tendrá en cuenta para subsanar errores cometidos por la Administración, no pudiéndose anexar nueva documentación en este periodo. Las reclamaciones se entenderán resueltas con la baremación definitiva efectuada conforme a lo dispuesto en el
punto siguiente.
b) El día 13 de septiembre de 2018, las personas titulares de la dirección de los centros públicos y los titulares de los centros privados concertados publicarán en sus tablones de anuncios la baremación definitiva realizada a las solicitudes de su centro en primera o siguientes opciones y la asignación provisional del alumnado a los puestos escolares vacantes de sus propios centros.
Estos listados serán también publicados en el Portal de Educación para su consulta individualizada por las personas participantes en el proceso de admisión y en la plataforma educativa papas 2.0. La asignación provisional podrá ser objeto de reclamación, ante las personas titulares de la dirección de los centros públicos o los titulares de los centros privados concertados, desde el mismo día de su publicación hasta el día 17 de septiembre de 2018.

Las reclamaciones se presentarán de forma telemática a través de la secretaría virtual de la plataforma educativa Papás 2.0. Si se debe aportar documentación que sustente la reclamación, las personas solicitantes tendrán que digitalizar los documentos correspondientes y adjuntarlos a la reclamación como archivos anexos a la misma. La documentación que debiendo haberse presentado en el plazo establecido a tal efecto, se anexe en este periodo de reclamación, solo se tendrá en cuenta para subsanar errores cometidos por la Administración, no pudiéndose anexar nueva documentación en este periodo.
Las reclamaciones se entenderán resueltas con la adjudicación definitiva efectuada conforme a lo dispuesto en el apartado siguiente.
2. Adjudicación definitiva.

a) El día 20 de septiembre de 2018, las personas titulares de la dirección de los centros públicos y los titulares de los centros privados concertados publicarán en sus tablones de anuncios la asignación definitiva de alumnado a los puestos escolares vacantes de sus propios centros, que podrá ser objeto de recurso de alzada o denuncia, respectivamente, ante la persona titular de la Dirección Provincial de Educación, Cultura y Deportes correspondiente.

b) Estos listados serán también publicados en el Portal de Educación para su consulta individualizada por las personas participantes en el proceso de admisión y en la plataforma educativa papas 2.0.

Matrícula.
1. Las personas solicitantes que hayan obtenido un puesto escolar en la adjudicación definitiva deberán formalizar  su matrícula de forma telemática a través de la secretaría virtual de la plataforma educativa Papás 2.0, en el plazo comprendido entre el 21 y el 25 de septiembre de 2018. No obstante, hasta el 28 de septiembre de 2018 incluido, se deberá hacer entrega de la documentación requerida por el centro y del justificante de pago del seguro escolar en su caso.

Puedes descargar el documento completo un poco más abajo, en documentos relacionados.

 

Documentos relacionados: 
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