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Convocado procedimiento de admisión del alumnado para el curso 2020/2021 en ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio y Grado Superior en la modalidad presencial en centros docentes de Castilla-La Mancha.

Miércoles, 27 Mayo, 2020

¡Importante! Todo aquel que necesite asistencia personal durante el proceso será atendido por télefono para minimizar el contacto personal y evitar aglomeraciones en el teléfono del centro 969 226511 a partir del día 18 de junio, ya que las fechas comprendidas entre el 9 y el 17 de junio se van a reservar para realizar los tramites de la EVAU. Si por motivos de fuerza mayor alguna persona necesitara asistencia en el propio centro, deberá llamar al teléfono indicado y concertar cita previa, siempre a partir del día 18 de junio. No se atenderá a nadie en el centro que no haya concertado cita previa.

CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y GRADO SUPERIOR
MODALIDAD PRESENCIAL- CURSO 2020/21

Tanto la inscripción como las consultas sobre el baremo y la adjudicación se realizan a través de PAPÁS, en:
https://papas.jccm.es/
 
 PLAZO ORDINARIO:

- SOLICITUD: DEL 9 DE JUNIO AL 2 DE JULIO DE 2020
- PUBLICACIÓN DEL BAREMO PROVISIONAL Y ADJUDICACIÓN PROVISIONAL: 14/07/2020
- RECLAMACIÓN AL BAREMO PROVISIONAL: 15 Y 16 DE JULIO DE 2020
- PUBLICACIÓN DEL BAREMO DEFINITIVO Y ADJUDICACIÓN DEFINITIVA: 22/07/2020
- MATRÍCULA: DEL 23 AL 27 DE JULIO DE 2020
- ADJUDICACIÓN DE LISTA DE ESPERA:
- ADJUDICACIÓN DE 1ª LISTA DE ESPERA: 03/09/2020  
- MATRÍCULA: DEL 4 AL 7 DE SEPTIEMBRE DE 2020
- ADJUDICACIÓN DE 2ª LISTA DE ESPERA: 10/09/2020   
- MATRÍCULA: DEL 11 AL 14 DE SEPTIEMBRE DE 2020

  PLAZO EXTRAORDINARIO:
- SOLICITUD: DEL 17 DE SEPTIEMBRE AL 21 DE SEPTIEMBRE DE 2020
- PUBLICACIÓN DEL BAREMO Y ADJUDICACIÓN: 24/09/2020
- MATRÍCULA: DEL 25 AL 28 DE SEPTIEMBRE DE 2020

* Matrícula para alumnos ya matriculados en el curso 2019/20 (alumnos repetidores
y que promocionan a 2º curso): del 1 al 10 de julio de 2020.
** Tanto la inscripción como las consultas sobre el baremo y la adjudicación se realizan a través de PAPÁS, en:
https://papas.jccm.es/

*** ¡MUY IMPORTANTE! Una vez realizada la asignación de ciclos, para que un solicitante tenga la posibilidad de mejorar la opción de preferencia, deberá matricularse en el Ciclo que le haya sido asignado, de esta manera continuará en la Lista de espera de los ciclos que haya pedido con mayor preferencia y en función de las vacantes, se le podrá, bien en las asignaciones telemáticas vía papás de los día 3 y 10 de septiembre o posteriormente por vía telefónica, seguir teniendo en cuenta para cubrir las vacantes que haya en cada uno de los ciclos.

De no matricularse en el ciclo asignado esperando que se le adjudique una opción solicitada de mayor preferencia, el/la alumno/a perderá toda opción de continuar con el proceso de adjudicación de ciclos.

SEGUIMIENTO Y CONSULTAS DE BAREMO, ADJUDICACIONES Y MATRÍCULA:
SECRETARÍA VIRTUAL-MIS TRÁMITES-MIS SOLICITUDES-DATOS DE LA SOLICITUD

Para cualquier consulta no dudes en escribirnos un email a: fpcuenca@jccm.es
 
Más información en: http://www.educa.jccm.es/es/fpclm y en el tlf: 969 226511

La presente Resolución tiene por objeto convocar el procedimiento de admisión de alumnado para el curso 2020/2021
en ciclos formativos de Formación Profesional de grado medio y grado superior en la modalidad presencial en centros
docentes de Castilla-La Mancha sostenidos con fondos públicos.

Se establecen dos periodos de solicitud:
1. Periodo de solicitud ordinario.
a) La formalización de solicitudes de admisión a ciclos formativos de grado medio y grado superior se podrá realizar
en el periodo que comenzará el día 9 de junio de 2020 y finalizará el día 2 de julio de 2020.
b) Deberán presentar solicitud todas las personas que deseen obtener un puesto escolar en un centro docente
público o privado concertado en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para cursar las enseñanzas de
ciclos formativos de Formación Profesional de grado medio o de grado superior en la modalidad presencial, según lo establecido en el artículo 9 de la Orden 80/2017, de 25 de abril, y que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
b.1) Aquellas que en el momento de hacer la solicitud cumplan con el requisito de acceso al ciclo formativo.
b.2) Aquellas que en el momento de hacer la solicitud no cumplan con el requisito de acceso y estén en proceso de
conseguirlo en las convocatorias establecidas para el curso 2019/2020.
c) Las solicitudes se formalizarán, de forma telemática, a través de la secretaría virtual de la plataforma educativa
Papás 2.0 (https://papas.jccm.es/papas/), accesible asimismo a través de la Sede Electrónica de la Administración
de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es//). En cada solicitud, el solicitante podrá
indicar por orden de prioridad, un máximo de seis ciclos formativos, entre los incluidos en la oferta de ciclos formativos
de grado medio o grado superior en Castilla-La Mancha.
d) Para acceder a esta plataforma las personas solicitantes necesitarán disponer de una credencial (usuario y
contraseña) o del sistema Cl@ve (identidad electrónica para las Administraciones Públicas). En caso de no disponer
de credencial de acceso (usuario y contraseña), se podrá solicitar previa identificación, a través de los medios
telemáticos habilitados a tal efecto y siguiendo el procedimiento establecido para ello, que aparecerán publicados
en el siguiente enlace del Portal de Educación: http://www.educa.jccm.es/alumnado/es/papas o, una vez que
sea posible la obtención de estas claves de forma presencial de acuerdo con las normas e instrucciones que se
establezcan para la protección de la salud de los ciudadanos, en cualquiera de los centros del ámbito de gestión de
esta comunidad autónoma sostenidos con fondos públicos que impartan las enseñanzas de Formación Profesional
o Bachillerato o Educación Secundaria Obligatoria, así como en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de
Educación, Cultura y Deportes.
Esta credencial de acceso será válida no solo para el proceso de admisión, sino para el acceso en lo sucesivo a
todos los contenidos de la secretaría virtual de la plataforma educativa Papás 2.0. Si ya se dispusiera de credencial
de acceso a la plataforma, no es necesario solicitar otra específica para tramitar la solicitud de admisión, ya que
dicha credencial es genérica para el acceso a la secretaría virtual.
El acceso a la plataforma Papás 2.0 por cualquiera de los medios indicados en el párrafo anterior posibilitará la firma
electrónica y presentación en el registro electrónico de las solicitudes, conforme a lo previsto en los artículos 9, 10
y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
sin que deban presentarse de forma presencial en un registro las solicitudes tramitadas electrónicamente.
e) Las personas interesadas podrán recibir la asistencia técnica necesaria para realizar su solicitud, tanto por medios
electrónicos, como a través de los teléfonos habilitados a tal efecto que aparecerán publicados en el Portal de Educación
en la dirección: http://www.educa.jccm.es/es/admision/admision-formacion-profesional/admi... y, una vez que sea posible, de forma presencial en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, Cultura
y Deportes o en cualquiera de los centros del ámbito de gestión de esta comunidad autónoma sostenidos con fondos públicos que impartan las enseñanzas de Formación Profesional, siempre cumpliendo con las normas e instrucciones que se establezcan para la protección de la salud de los ciudadanos.
2. Periodo de solicitud extraordinario.
Se establece un periodo de solicitud extraordinario con el objeto de que se puedan formular solicitudes de admisión
a ciclos formativos de grado medio y grado superior donde queden vacantes disponibles sin lista de espera. La
formalización de estas solicitudes de admisión a ciclos formativos se podrá realizar en el periodo que comenzará el
día 17 de septiembre de 2020 y finalizará el día 21 de septiembre de 2020
, siguiendo lo establecido en los puntos
c), d) y e) del apartado 1 anterior.
3. Alumnos con una solicitud realizada en periodo ordinario y otra en periodo extraordinario.
Los alumnos con una solicitud realizada en periodo ordinario y otra en periodo extraordinario que resulten adjudicados
en alguna de sus peticiones realizadas en su solicitud del periodo ordinario, no participarán en la adjudicación del
periodo de solicitud extraordinario.
Séptimo. Selección de la vía de acceso.
Las personas solicitantes deberán seleccionar en su solicitud la vía de acceso por la que desean participar
dependiendo de los títulos, estudios o pruebas que pudieran tener superados o en proceso de consecución durante
el curso 2019/2020 y será única para todas las peticiones de ciclos formativos realizadas en su solicitud.
Octavo. Acreditación de requisitos y documentación.
1. En el caso de que la Consejería de Educación, Cultura y Deportes disponga de datos informatizados sobre
los estudios o pruebas superados que permitan el acceso a ciclos formativos, éstos se mostrarán en el propio

formulario de la solicitud telemática, sin que sea necesario aportar documentación para acreditarlos. En caso
contrario, las personas solicitantes tendrán que digitalizar la certificación académica que acredite el requisito de
acceso y adjuntarla a la solicitud como archivo anexo a la misma. Las certificaciones académicas deben indicar
de forma explícita la nota media del expediente académico y el centro donde cursó la enseñanza o prueba de
acceso y el resto de datos: modalidad, materia, opción o familia profesional en su caso, que pudiera dar prioridad
en la admisión.

2. En el caso de que la documentación acreditativa del requisito de acceso no indique de forma explícita la nota
media del expediente académico o la nota final de las pruebas de acceso, se valorará, a efectos de baremación
para la priorización en la admisión de alumnos, con una calificación numérica de 5 puntos. Igualmente, no se
tendrán en cuenta, para la priorización de solicitudes en la admisión, las modalidades, materias, opciones o
familia profesional cursadas, y el centro de realización de estudios o pruebas si no constan en la documentación
anexada.
3. En su caso, para la acreditación de la condición de persona con discapacidad, los aspirantes podrán otorgar su
autorización al órgano gestor para la comprobación de los datos correspondientes. En caso de no prestar dicha
autorización, las personas solicitantes deberán digitalizar la documentación que acredite la concurrencia de esta
circunstancia y adjuntarla a la solicitud como archivo anexo a la misma.
4. En su caso, para la acreditación de la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento, los aspirantes
podrán otorgar su autorización al órgano gestor para la comprobación de los datos correspondientes, siempre
y cuando el reconocimiento de esta situación haya sido realizado por la Administración regional. En caso de no
prestar dicha autorización o cuando dicho reconocimiento haya sido realizado por otra Administración, las personas
solicitantes deberán digitalizar la documentación que acredite la concurrencia de esta circunstancia y adjuntarla a la
solicitud como archivo anexo a la misma.
5. Las personas solicitantes que durante el curso 2019/2020 estén matriculados en estudios o pruebas para conseguir
la vía de acceso por la que desean participar en el proceso de admisión a ciclos formativos reflejada en su solicitud
y la Consejería de Educación, Cultura y Deportes disponga de datos informatizados de esta situación, se mostrarán
en el propio formulario de la solicitud telemática y no será necesario aportar documentación para acreditarlos. En el
momento en el que superen los estudios o pruebas indicados y obtengan el requisito de acceso, será incorporado
de oficio a su solicitud.
Las personas solicitantes a las que se refiere el párrafo anterior que deban acreditar el requisito de acceso por no
figurar reflejado en el formulario de solicitud, deberán realizar la solicitud en el momento en el que dispongan de la
documentación que acredite el requisito de acceso, que se deberá digitalizar y adjuntar a la solicitud como archivo
anexo a la misma, todo ello dentro de los plazos de solicitud establecidos. Las certificaciones académicas deben
indicar de forma explícita la nota media del expediente académico y el centro donde cursó la enseñanza o prueba
de acceso y el resto de datos: modalidad, materia, opción o familia profesional en su caso, que pudiera dar prioridad
en la admisión.

Puedes descargar la resolución completa un poco más abajo, en documentos relacionados.

 

Documentos relacionados: 
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